7.12.09

Haidar, en términos exactos

La fisura abierta en las relaciones entre España y Marruecos por la situación de Aminetu Haidar parece condenada a seguir creciendo, con el agravante de que, entre tanto, empiezan a aflorar los viejos fantasmas que regularmente pugnan por entorpecerlas. Poco a poco, las declaraciones a uno y otro lado del Estrecho van trasluciendo las viejas invectivas sobre la soberbia de los españoles o el carácter traicionero de los marroquíes. Además, por descontado, de empezar la exhibición de la respectiva lista de agravios, desde el Sáhara a Perejil, pasando por Ceuta, Melilla y el inabarcable número de roces que inevitablemente se produce entre países que comparten frontera. Esta insensata pendiente debería cesar de inmediato, no sólo porque el deterioro de las relaciones entre España y Marruecos puede resultar desastroso para los intereses compartidos, entre ellos, los de seguridad, sino también porque se complicaría la urgente solución de un contencioso que podría acabar costándole la vida a la activista de derechos humanos saharaui.

Marruecos adoptó una decisión intolerable contra Haidar, como fue retirarle el pasaporte y forzar, de hecho, su deportación y puede que su exilio por haber escrito "Sáhara Occidental" en la casilla correspondiente a la nacionalidad de un formulario administrativo de frontera. No es sólo que el castigo impuesto a Haidar no guarde proporción alguna con su acción; es que para que exista un castigo tiene que existir previamente una norma que lo establezca. Pero, además, se da la circunstancia de que, aun en el supuesto de que el ordenamiento marroquí incluyera semejante norma, el castigo impuesto a Haidar sería contrario a un derecho humano básico, como es el derecho a la nacionalidad y a regresar al propio país. Poco importa, a estos efectos, que Haidar no se considere marroquí y estime que su país no es Marruecos. La Declaración de Derechos Humanos no establece una obligación para los sentimientos de Haidar, sino para las acciones de Marruecos, mucho más desde que éste considera que el Sáhara Occidental pertenece a su territorio.

Pero, junto a la decisión intolerable de Marruecos, existen graves incógnitas sobre la respuesta del Gobierno español. Haidar fue rechazada en el aeropuerto de El Aaiún, despojada de su pasaporte e introducida en un avión español. Según las informaciones publicadas, el piloto solicitó autorización para embarcar a una pasajera sin documentación y alguien se la concedió. Es difícil suponer que fuera la propia compañía, no sólo porque hubiera ido contra la normativa internacional bajo su propia responsabilidad, sino también porque, una vez en Lanzarote, la policía franqueó el paso a Haidar aunque, siempre según informaciones de prensa, carecía de documentos. Es preciso saber si, en efecto, Haidar llegó o no documentada y quién, cómo y por qué autorizó su entrada en territorio español en el caso de que no lo estuviera. De esos datos depende, ni más ni menos, la responsabilidad del Gobierno español en este caso; en concreto, la responsabilidad de haber colaborado voluntaria o involuntariamente con el Gobierno marroquí en la ejecución de un castigo arbitrario y contrario a los Derechos Humanos como es la deportación y puede que el exilio de una persona. Aparte de la condena que merecería en el caso de que estos extremos se confirmaran, en el error, o algo más que el error, lleva la penitencia: es él quien está pagando las consecuencias de un atropello cometido por Marruecos.

Lo peor que puede hacer España para encontrar una salida es echarse en brazos de soluciones imaginativas, por no decir de argucias de corto alcance como la que, al parecer, se intentó el viernes pasado, cuando hubo que abortar en plena pista un vuelo especial rumbo a El Aaiún en el que ya había embarcado Haidar. Es tanto como sumar al error la vergüenza de ser descubiertos haciendo trampas. No se trata de encontrar una manera ingeniosa para devolver a Haidar a El Aaiún como si fuera una patata caliente; se trata de plantear el problema en sus términos exactos. Y los términos exactos son que, al margen del error, por llamarlo de este modo, que se pudo cometer al colaborar directa o indirectamente en la expulsión de Haidar, y que exige una inmediata clarificación por parte del Gobierno español, el Gobierno marroquí no puede en ningún caso actuar como lo ha hecho contra esta saharaui. Mientras no se le haga llegar a Rabat este reproche y esta condena, tanto bilateralmente como en los foros internacionales que sea preciso, todas cuantas medidas humanitarias adopte el Gobierno español en favor de Haidar sólo serán formas adicionales de complicidad con una deportación y puede que un exilio. Algo inconcebible para un Gobierno que, según dice, pretende comportarse internacionalmente de acuerdo con principios y valores.

José María Ridao (Publicat a El País, 07/12/2009)

2.12.09

Manifiesto “En defensa de los derechos fundamentales en Internet”


Ante la inclusión en el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible de modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de internet manifestamos nuestra firme oposición al proyecto, y declaramos que…
1.- Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.
2.- La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial – un organismo dependiente del ministerio de Cultura -, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.
3.- La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.
4.- La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.
5.- Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.
6.- Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.
7.- Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.
8.- Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.
9.- Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.
10.- En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia.